REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, doce de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AH1A-O-2009-000001
MOTIVO: ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL.
-I-
PARTE RECURRENTE: AMADO NELL ESPINA PORTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V.-133.029.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE RECURRENTE: MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ, abogado, Inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 8975.
PRESUNTO AGRAVIANTE: Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, (FOGADE) en la persona de su Presidente HUMBERTO ORTEGA DÍAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-8.550.493.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIANTE: No tiene constituido en autos apoderado judicial.
APODERADO JUDICIAL DEL CIUDADANO HUMBERTO ORTEGA DÍAZ: Ciudadano CARLOS DANIEL LINAREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 69.065.
Vista la diligencia suscrita en fecha ocho (08) de mayo de dos mil nueve 2009, suscrita por el abogado Carlos Daniel Linarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.065, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HUMBERTO ORTEGA DIAZ, mediante la cual solicita se aclare el error material que contiene la sentencia dictada e fecha ocho (08) de mayo de dos mil nueve (2009), por cuanto al identificar al presunto agraviante el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, (FOGADE) se menciono al ciudadano Carlos Daniel Linarez, como apoderado judicial del mencionado Instituto Autónomo, en razón de que su representación es como apoderado del ciudadano HUMBERTO ORTEGA DÍAZ como persona natural y no como Presidente del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, (FOGADE), este Juzgado al respecto observa: Vistas las actas que conforman las presente actuaciones y de una revisión minuciosa efectuada a las mismas, se evidencia que en la sentencia dictada por este Tribunal de fecha ocho (08) de mayo de dos mil nueve (2009), por error material se le atribuyó la representación judicial del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, (FOGADE) al ciudadano Carlos Daniel Linarez abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.065, y visto que se evidencia de autos que el mencionado abogado actúa en nombre y representación del ciudadano HUMBERTO ORTEGA DÍAZ como persona natural, este Juzgado en aras de una sana administración de Justicia, ordena subsanar el error material, en la identificación de las partes en la sentencia dictada en fecha ocho (08) de mayo de dos mil nueve (2009), donde se lee “APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIANTE” CARLOS DANIEL LINAREZ abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.065” debe leerse “APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIANTE No tiene constituido en autos apoderado judicial”. APODERADO JUDICIAL DEL CIUDADANO HUMBERTO ORTEGA DÍAZ: Ciudadano CARLOS DANIEL LINAREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 69.065. A tenor de lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, queda aclarada la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 08 de mayo de 2009.
Publíquese y Regístrese la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil nueve (2009), años 199° y 150° de la Independencia y la Federación.-
LA JUEZ
Abg. MARIA CAMERO ZERPA
LA SECRETARIA,
Abg. DIANA MENDEZ MORELO
MCZ/DMM/mcz
ASUNTO: Nº AH1A-O-2009-000001
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