Visto el escrito presentado por la ciudadana Wendy Alejandra Noda Mambel, venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-18.042.670, debidamente asistida por el abogado Mario Larotonda Santaella, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 46.900, en donde solicita la Rectificación de Partida de Nacimiento emitida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, del Departamento Libertador del Distrito Federal actualmente Municipio Libertador del Distrito Capital anotada bajo el Nro. 113, Folio 57 de fecha 8 de febrero de 1988, cuya original corre inserta a la presente solicitud, por cuanto la misma contiene un (01) error, en virtud que se asentó el lugar de nacimiento de la madre de la solicitante en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, lo cual constituye un error, pues debió asentarse como Chabasquen, Estado Portuguesa. Ahora bien, para probar lo alegado la solicitante de la presente Rectificación de Partida de Nacimiento consignó a los autos original del acta errada objeto de la presente solicitud, Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la madre de la solicitante, expedida por el Director de Registro Civil del Municipio Monseñor “José Vicente de Unda”, del Estado Portuguesa, anotada bajo el N° 389 del año 1962, en donde se demuestra en forma clara el lugar de nacimiento de la madre de la solicitante en la Población de CHABASQUEN, ESTADO PORTUGUESA. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital estampar la nota marginal del acta de nacimiento perteneciente a la ciudadana WENDY ALEJANDRA NODA MAMBEL, signada con el Nro. 113, Folio 57, correspondiente del año 1.988, de la siguiente manera: En donde dice natural de SAN CRISTÓBAL, ESTADO TÁCHIRA debe decir natural de la Población de CHABASQUÉN, ESTADO PORTUGUESA. Y así se declara. Líbrese oficio a las autoridades respectivas y anéxese al mismo copia certificada de la presente decisión. Líbrese oficio. Y así se decide.
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
La Secretaria del Tribunal deja constancia que se requieren fotostatos para proveer lo ordenado en el anterior auto.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
|