REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 21 de mayo de 2009.-
199° y 150°
Vista la anterior solicitud, así como las disposiciones de los testigos presentados por la parte interesada, este Tribunal sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas de igual o mejor derecho de los que aduce la solicitante, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ISABEL PITA DE ALVARADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.558.297, sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud. Asimismo, se ordena la devolución de la presente solicitud a la solicitante junto con las resultas en cuestión, previa anotación de éstas en el libro diario correspondiente. Y Así se establece.-
EL JUEZ TITULAR
ABG. LUIS ALBERTO PETIT GUERRA
LA SECRETARIA
ABG. MARYEMMA FIGUEROA
En fecha ______________se devuelven las presentes actuaciones a la solicitante constantes de catorce (14) folios útiles.-
LA SECRETARIA
ABG. MARYEMMA FIGUEROA
LAPG/MFL/kv,8
Exp. N° AP31-S-2009-000978.-
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