REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Veintisiete (27) Días del Mes de Mayo del Año Dos Mil Nueve (2.009).
199º y 150º
Vista la Inhibición que cursa al folio Nº tres (03) de este expediente, fechado el día catorce (14) de Mayo del Año Dos Mil Nueve (2009), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, es seguido por ERNESTO ALVAREZ SEMINARIO, contra MANUEL ALVAREZ SEMINARIO, en la cual expuso:
“…Me inhibo de conocer de la presente causa, por cuanto mantengo excelente relación de amistad y aprecio con el hijo del demandante en el presente juicio ciudadano Ernesto Rafael Álvarez Seminario. Estas razones personalísimas afectan entonces mi subjetividad como juez lo cual me obliga a inhibirme, como en efecto lo hago, conforme en el artículo 82, ordinal 12 del Código de Procedimiento Civil...”
Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,
Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,
Shirley Corro
En esta misma fecha se remite al Juzgado de la causa, constante de una (01) pieza con seis (06) folios útiles y Oficio Nº _______
La Secretaria,
Exp. Nº 6.525-09
GBV/smcb/jm