Juzgado Primero de Primera instancia de Agraria de la

Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-


Valle de la Pascua, 26 de mayo de 2009.-

199º y 150º



Visto el DESISTIMIENTO del Procedimiento efectuado por el ciudadano abogado en ejercicio RAMON ALBERTO VASQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano DOMINGO RAFAEL OROPEZA SILVA, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en el ejercicio de su competencia en materia Agraria, da por consumado dicho desistimiento y se acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.- En cuanto a la solicitud de notificación de la parte demandada, a fín de participarle sobre dicho Desistimiento, este Tribunal niega lo solicitado, por cuanto en la presente causa no hubo contestación de la demanda, conforme a lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.-

La Juez Temporal,

ABOG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-

La Secretaria,


Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 26 de mayo de 2009, siendo las 2:00 de la tarde y se archivó el presente expediente No. 2009-4119, constante de CUARENTA (40) folios útiles.- Conste.-

La Secretaria,



ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA.-

Exp. Nº 2009-4119.-
JJBCH/ap.-