REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
TUCUPIDO, 06 DE MAYO DE 2009.-
199° Y 150°
Visto el convenimiento celebrado entre los ciudadanos: NORLEYS JOSEFINA REINA, quien actúa en representación de sus hijos XXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXX, y el ciudadano: JEAN CARLOS CARAPA, parte demandada en el presente juicio por concepto de Obligación de Manutención, cursante al folio 22 del presente expediente (N° 763-07) ,donde se estableció como Obligación de Manutención en la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200,00) mensuales ; asi como los demás beneficios establecidos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente ; en consecuencia se ordena aperturar cuenta de ahorros en BANFOANDES de esta localidad, en tal sentido se establece que la misma será manejada por la ciudadana: NORLEYS JOSEFINA REINA, titular de la cédula de identidad N° V-13.513.357, siempre bajo la supervisión y control de esta instancia Judicial, siendo condición expresa que para tales fines (administrativos y movilización) será necesario presentar al Banco la referida autorización pertinente, otorgada por este Tribunal.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
En la misma fecha, con Oficio Nª , se diò cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
EXP. N° 763-07.
VRVB/DPS/mildred.
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