REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-003903

Visto el escrito de transacción suscrito y presentado en fecha 13 de noviembre de 2009, por los abogados ADRIANA PÉREZ y JOSÉ FERNÁNDEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa demandada PUBLICIDAD VALLAS, C.A., por una parte, y por la otra el ciudadano VICTOR RAMÓN BERMUDEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano IVAN ROBERTO CUMANA MALAVE, todos suficientemente identificados en autos, mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de Bs. 33.000,00, y solicitan la homologación del mismo, este Tribunal una vez revisado los términos del escrito transaccional se evidencia que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, en consecuencia HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se da por concluido el proceso y ordena el archivo del expediente y su respectivo cierre informático. ARCHIVESE.

La Juez

Abg. Vilma Leal

El Secretario

Abg. Héctor J. Rodríguez D.