N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004326


PARTE ACTORA: FRANCISCO OROPEZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL ROJAS RODRIGUEZ, JESUS NAPOLEON AZOCAR, NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, JOSE GREGORIO FAJARDO, PABLO ROSAS ANZUALDE
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 4810, S.R.L., VERSALLES CLUB DISCOTHEQUE, C.A. y MAGNIFIQUE CLUB, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESIREE RODRIGUES, MARISELA CADENAS, CARLOS ARELLANO.
MOTIVO: PRETACIONES SOCIALES.

En el dia de hoy, treinta (30) de noviembre de 2009, siendo las 2:00 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos FRANCISCO OROPEZA titular de la cédula de identidad Nº 17.803.946 en su carácter de parte actora debidamente representado por el abogado JESUS NAPOLEON inscrito en el IPSA bajo el Nº 22.262, los abogados MARISELA CADENA inscrita en el IPSA bajo el Nº 97.863 en su carácter de apoderada de la co-demandada MAGNIFIQUE CLUB, C.A., DESIREE RODRIGUES inscrita en el IPSA bajo el Nº 138.160 en su carácter de apoderada de la co-demandada INVERSIONES 4810, S.R.L., CARLOS ARELLANO inscrito en el IPSA bajo el Nº 138.496 en su carácter de apoderado de la co-demandada VERSALLES CLUB DISCOTHEQUE, C.A., dándose así inicio a la audiencia. En este estado las partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada, ofrece en este acto cancelar a la parte actora la cantidad VEINTICUATRO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bf. 24.000,00), mediante cheque a nombre del trabajador por la cantidad de 19.000,00 girado contra el Banco Federal, y a solicitud del trabajador otro cheque a favor de su abogado Jesus Napoleón Azocar, por Bs. 5.000,00 igualmente girado contra el Banco Federal y a tal efecto consignan copia simple de los referidos cheques, debidamente recibido por la parte actora. En este orden de consideraciones, se deja constancia que dicho monto corresponde a los conceptos reclamados en el libelo de la demanda y discutidos por las partes y que vinculan a los siguientes conceptos: prestación de antigüedad; vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado; utilidades fraccionadas, vacaciones y bono vacacional vencido, utilidades vencidas y no pagadas, intereses sobre prestaciones sociales, pago por diferencia de días de descanso semanal. En consecuencia, dicho monto constituye un arreglo transaccional a objeto de dar por terminado el juicio incoado por la parte actora FRANCISCO JAVIER OROPEZA, cédula de identidad N°17.803.946, contra la parte demandada MAGNIFIQUE CLUB, C.A. INVERSIONES 4810, S.R.L. VERSALLES CLUB DISCOTHEQUE, C.A. Asimismo, la parte actora, libre de toda coacción, manifiesta su conformidad con el ofrecimiento hecho por la parte demandada y ambas partes de mutuo acuerdo convienen que con el presente pago nada tienen que reclamarse por ningún concepto derivado de la relación de trabajo que existió entre ellos, ni por ninguna diferencia derivada de la relación de trabajo. En este mismo orden de ideas, las partes solicitan al tribunal se sirva homologar el presente acuerdo y le de el efecto de cosa juzgada. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se hace entrega a las partes de las pruebas promovidas en su oportunidad. Es todo, se leyó y conformes firman:

LA JUEZ

YOLIMAR AVILA


PARTE ACTORA





APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA






APODERADOS JUDICIALES DE LAS CO-DEMANDADAS







La Secretaria