REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, nueve (9) de Noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-017629
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana CARMEN LUISA PARRA PLAZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.520.424, debidamente asistida por el abogado, JOSE RAFAEL GAMUS inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.756, actuando en su propio nombre y representación, a favor de sus hijos los niños (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a la niñas antes mencionadas; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADORA AD-HOC, hecha por la ciudadana FRANCYS ISABEL RUGELES ILARRASA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.208.980, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de las niñas (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes). Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante y una vez que el mismo consigne los fotostatos. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. ALICIA GUZMAN
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