REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-017964

Vista la solicitud presentada por el ciudadano RENE JOSÉ BETANCOURT RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-4.054.042, actuando en su carácter de padre y representante legal del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA)debidamente asistido por la abogada KATHERINE BUSTAMANTE adscrita a la Unidad de Protección al Niño y a la Familia de la Sindicatura Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.987, así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Ad-Hoc designado, ciudadano JOSE RAFAEL DIAZ COELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.460.077 en beneficio del adolescente de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

LA SECRETARIA,


ABG. CIOLIS MOJICA

YCH/CM/Yvette
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-017964