REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, Cuatro (04) de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-015417
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MIRIAM DE JESUS GUZMAN JIMENEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.073.785, actuando en su carácter de madre y representante legal de las niñas (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistida por la abogada JUDITH TRUPIA ACERO debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.220, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana MIRIAM DE JESUS JIMENEZ DE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.004.558 en beneficio de las niñas de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,
ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/Yvette
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-015417