REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, Nueve (09) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-014796

Visto el escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) incoada por los ciudadanos JENNY JOSEFINA RÍOS ROSALES y JUAN PABLO RUIZ AGELVIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.113.564 y V-6.453.264, respectivamente, debidamente asistidos por la Defensora Pública Décima Segunda (12°) suplente, abogada YOLIMAR DUQUE MORALES, a favor de la adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA); a favor de su hija supra identificada, y por cuanto no es contrario a ninguna disposición de la Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, esta Jueza Unipersonal Nro 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en los términos expuestos, así como su respectiva HOMOLOGACIÓN a dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y con Fuerza Ejecutiva, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente auto y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes, una vez sean consignados los fotostátos requeridos para tal fin. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, los nueve (09) días del mes de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA

YCH/CM/Sonia Ssamalvides.-