REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XVI.
Caracas, veinticuatro (24) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2.009).
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-019801
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por la ciudadana ROSA TATIANA CARPIO ESCOBAR, en su carácter de Defensora del Niño, Niña y Adolescentes Nº 163, adscrita a la Defensoría No. 039” de la Parroquia Sucre, a solicitud de los ciudadanos YESENIA YOHANA MARTINEZ GALINDO y EVENCIO OSPINO LÓPEZ, colombiana la primera y venezolano el segundo, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº E- 83.032.285 y Nº V- 19.713.383 respectivamente, a favor de sus hijos SE OMITEN DATOS ; y por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; este Tribunal procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en los términos allí expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina OAP, comunicándoles lo pertinente. Archívese el expediente. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. Clara Aurora Ponce Roca.
LA SECRETARIA,

Abg. Milagros Nathalí Silva
Asunto Nº AP51-S-2009-019801
CAPR/MNSzully.
Motivo: Convenimiento de Obligación de Manutención (Fijación)