REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AH15-F-2001-000013

Vista a la anterior diligencia suscrita por la ciudadana: MARIA TERESA PARRA de ORTEGA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V- 6.078.251, debidamente asistida por el ciudadano: PASCUAL PACHECO G., abogado en ejercicio de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 28.596, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal en virtud a la normativa de Ley que rige la materia que nos ocupa y conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 429 del Código Civil, AUTORIZA LA VENTA de las DOS MIL SEISCIENTAS NUEVE (2.609) ACCIONES CLASE “D”, que le corresponden al ciudadano: RAMON ARTUTO ORTEGA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°: V- 1.505.547, quien fue declarado ausente mediante sentencia de fecha 21 de Julio del 2004.- En tal sentido, MARIA TERESA PARRA de ORTEGA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V- 6.078.251, queda autorizada para dicha venta.- Líbrese copia certificada del presente auto.-
El Juez,
Abg. Aura M. Contreras de Moy
La Secretaria
Abg. Leoxelys E. Venturini M.
En esta misma fecha, siendo las 10:45 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Leoxelys E. Venturini M.
Asunto: AH15-F-2001-000013
AMCdeM/LV/CASU.-