REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de noviembre del año 2009

N ° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-003386

En horas del día de hoy, 27 de noviembre del año 2009, siendo la 1:30 pm., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se anunció dicho acto en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que lo represente, y por la parte demandada PROMOTORA MINERA DE GUAYANA P.M.G S.A, comparece su apoderado judicial Nelson Eduardo González Durán, inscrito en el inpreabogado bajo el número 137.294, representación que se evidencia de autos. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, de la manera siguiente: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO INCOADO POR PAUL NELU POPA TUDOR, titular de la cédula de identidad Nº 4.580.747. Así se declara. Finalmente, este Tribunal deja constancia que en la planilla que consta en Mezzanina lugar en el cual anuncian los actos y en el cual consta un registro de entrada la parte demandante no se encontraba presente en el momento en que se anunció el acto según pudo verificar el Juez que suscribe la presente acta.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, 27 de noviembre del 2009


El Juez

Francisco Javier Río Barrios



Apoderado de la parte demandada

Anabella Fernandes

Secretaria