REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 5 de noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-000807
ASUNTO : JP01-P-2008-000807
PENADO: NATIVIDA DE LAS ESTRELLAS SAMBRANO
FISCALIA: NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO
Visto el escrito, suscrito por el abogado, DANIEL ALBERTO MONTANI VILORIA, Defensor Publico con competencia Penal Nº 05, en la fase de Ejecución de Sentencia, adscrito a la Unida de Defensores de este Circuito Judicial Penal de San Juan de Los Morros, actuando en su condición de defensor del penado NATIVIDAD DE LAS ESTRELLAS ZAMBRANO, solicitando su LIBERTAD PLENA, por cumplimiento de la pena por SUSPENSIÒN CONDICIONAL DE LA EJECUCCIÒN DE LA PENA, a favor del penado supra mencionado, a lo que este Juzgado observa lo siguiente:
El Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal en fecha 14-01-2.009, le otorgo a la penada Natividad de las Estrellas Zambrano, como cumplimiento de pena la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, hasta el 13-03-2.010 folios 155 al 158 y según redención, posterior al beneficio, folio 178 al 180 del presente asunto, la fecha de cumplimiento de pena es en 19-10-2.009 a las 2.00AM, dentro de las obligaciones que le sean impuestas a la penada cumplir las siguientes condiciones. No cambiar de residencia sin previa solicitud y autorización del Tribunal. No cambiar de trabajo sin la autorización del Tribunal. Prohibición de portar armas de fuego. Prestar una labor comunitaria en un centro educativo y traer constancia al Tribunal.-
Cursa al folio 190 del presente asunto Constancia de residencia de la penada Zambrano Natividad de las Estrellas, de fecha 13-02-.009, cursa copia fotostática consignada por la defensa al folio 192 y Vto control de entrevistas y fecha y hora de la ultima presentación 23-03-2.009, en razón de que aun no cursa la constancia en original procedente de Unida Técnica Nº 05 de Apoyo al sistema Penitenciario de esta ciudad de San Juan de Los Morros, a quien le fue otorgada las facultades de control de las obligaciones impuestas, y no existe la constancia de Culminación en original del Régimen de Prueba impuesto por este Juzgado, a la penada de autos, en razón de lo antes expuesto este Juzgado ACUERDA Solicitar a la, Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 05, con sede en e esta ciudad de San Juan de Los Morros, INFORME DE FINALIZACIÓN del Régimen de Prueba Impuesto, al ser otorgado el Medio Alternativo de Cumplimiento de Pena de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial penal, a la Penada NATIVIDAD DE LAS ESTRELLAS ZAMBRANO, titular de la cedula de identidad Nº V-9.883.188, para poder pronunciarse en relación a la solicitud de la defensa y dar así por terminado el presente asunto, una vez que conste en auto lo requerido en esta decisión. Y así se decide. Ofíciese a Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 05, con sede en e esta ciudad de San Juan de Los Morros. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCIÓN
ABG. NEREYDA TIBISAY FLORES FIGUEROA
LA SECRETARIA
ABG: ZAIDA AVÍLA
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