República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio 03
Circuito Judicial Penal de Valle de la Pascua


Valle de La Pascua, 17 de noviembre de 2009
199º y 150º

Asunto Principal: JP21-P-2005-002747
Asunto: JP21-P-2005-002747
Decisión: Sobreseimiento de la Causa

Revisadas como han sido las actas que integran la presente pieza jurídica, este Tribunal pasa a decidir basado en lo siguiente:

Primero: En fecha 09 de Junio de 2006, el Tribunal de Primera Instancia en función de Control, celebró audiencia preliminar, mediante la cual produjo fallo en el que Admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público contra el ciudadano Danny Adán Reyes por la comisión del delito de Homicidio intencional calificado en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º en relación con el 424 ambos del Código Penal, admitiendo igualmente las pruebas ofrecidas y ordenó el correspondiente auto de apertura a juicio.-

Segundo: Las actuaciones fueron recibidas el 22 de junio de 2006, procediéndose a la fijación del sorteo de escabinos para la constitución del tribunal mixto, y dada la imposibilidad de ello, y por solicitud de los acusados, se procedió a la constitución de tribunal unipersonal y a convocar a las partes a la celebr4ación del juicio oral y público

Fue recibida comunicación emanada del Registro Civil del Municipio Leonardo Infante, donde remiten anexo, copia certificada del acta de defunción del ciudadano Danny Adán Reyes, dejando constancia que el mismo falleció el 29-08-2009 a consecuencia de a) Shock hipovulémico b) Herida por arma de fuego según certificación de la Dra. María Figueroa
Y el artículo 48 ibídem señala: “Son causas de extinción de la acción penal:… 1º La muerte del imputado”

Vista la consignación de la copia certificada del acta de defunción, y tomando en cuenta la disposición antes transcrita, a criterio de quién decide lo procedente y ajustado a derecho en este caso, es el decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo pautado en los artículos 48 ordinal 1º y 318 ordinal 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara y se decide:

DISPOSITIVA

El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano que en vida respondiera al nombre de: Danny Adán reyes, titular de la cédula de identidad 12.362.149, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 ordinal 1º y 318 Ordinal 3º todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Ofíciese lo conducente a los organismos competentes.-
La Jueza



Eva Lucía Arévalo de Lobo
La Secretaria



Jackeline Florentino