REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 12 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2007-000078
ASUNTO : JP21-P-2007-000078

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADOS: ENGERBERT DAVID ECHEZURIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-17.687.655, natural de La Guaira, Estado Vargas, con fecha de nacimiento el 28/03/80, de 29 años de edad, hijo de la ciudadana Ilia Echezuría. FREDDY JOSE ESPAÑA AGUILERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-13.834.394, natural de Caracas, Distrito Capital, con fecha de nacimiento nacido el 15/11/75, de 34 años de edad, hijo de los ciudadanos Segovia de España y Jerónimo España. JOSE ANTONIO SOTO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-13.153.597, natural de Maracaibo, Estado Zulia, con fecha de nacimiento el día 05/03/77, de 32 años de edad, hijo de los ciudadanos Maria Rodríguez y Amílcar Soto, actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Estado Guárico.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL III Y PRIVADA.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITES POSIBLE DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Vistos los autos anteriores de ejecución de la sentencia condenatoria dictada en contra de los ciudadanos ENGERBERT DAVID ECHEZURIA, FREDDY JOSE ESPAÑA AGUILERA y JOSE ANTONIO SOTO RODRIGUEZ, mediante los cuales se determinó como fecha para que los nombrados ciudadanos opten al beneficio de destacamento de trabajo el 18/04/09 y 18/07/09, respectivamente. Este Tribunal Primero de Ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO y para ello ACUERDA:

1.- Librar oficio al Director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, solicitando remita a este Tribunal la constancia de conducta carcelaria de los penados e informe sobre la posible existencia de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional que se siga en su contra, y cuya existencia corresponda durante el cumplimiento de la pena.

2.- Librar oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando la certificación actualizada de Antecedentes Penales de los penados.
3.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de san Juan de Los Moros, a fin de que sea practicada la evaluación Psico-Social a los penados.

4.- Notificar a los penados y a sus defensas de la necesidad de que consigne en autos la correspondiente oferta de trabajo.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor de los ciudadanos ENGERBERT DAVID ECHEZURIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-17.687.655, natural de La Guaira, Estado Vargas, con fecha de nacimiento el 28/03/80, de 29 años de edad, hijo de la ciudadana Ilia Echezuría. FREDDY JOSE ESPAÑA AGUILERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-13.834.394, natural de Caracas, Distrito Capital, con fecha de nacimiento nacido el 15/11/75, de 34 años de edad, hijo de los ciudadanos Segovia de España y Jerónimo España. JOSE ANTONIO SOTO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V.-13.153.597, natural de Maracaibo, Estado Zulia, con fecha de nacimiento el día 05/03/77, de 32 años de edad, hijo de los ciudadanos Maria Rodríguez y Amílcar Soto, actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Estado Guárico. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 de la ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense los oficios correspondientes y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los doce (12) días del mes de noviembre de 2009.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,


DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

LA SECRETARIA,


ABOG. INES RODRIGUEZ