REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 19 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000204
ASUNTO : JL21-P-2000-000204

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: JOSE VICENTE RODRIGUEZ BELLO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 3.970.443.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: UNIDAD DEFENSORIA PUBLICA PENAL.
DECISION: EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE DEL PENADO.

ABOCAMIENTO

En virtud de la rotación anual de jueces, la juez FRANCIA MALUX PIÑERUA se aboca al conocimiento del presente Asunto.

De la realización del inventario de asuntos llevados por el Tribunal Primero de Ejecución, se observó el presente asunto seguido en contra del ciudadano JOSE VICENTE RODRIGUEZ BELLO, plenamente identificado en autos, quien fue condenado por el extinto Tribunal Superior Segundo en lo penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico a cumplir la pena de 20 AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO. Este Tribunal de la revisión de las actuaciones que conforman el Asunto, OBSERVA:

Existe agregada en autos, específicamente al folio 125 del presente Asunto, acta de defunción correspondiente al ciudadano JOSE VICENTE RODRIGUEZ BELLO, debidamente suscrita por la registradora civil del Municipio Juan Germán Roscio de San Juan de Los Morros, donde se hace constar que el mismo falleció en fecha 05/11/01 en las instalaciones de la Penitenciaría General de Venezuela.

En atención a ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal Venezolano, toda vez que la pena se extingue con la muerte del reo. Este Tribunal decreta la extinción de la pena. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano que en vida respondiera al nombre de JOSE VICENTE RODRIGUEZ BELLO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 3.970.443, en virtud de su fallecimiento. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es justicia en Valle de La Pascua, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de 2009.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 01,


ABG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA


ABG. INES RODRIGUEZ