REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 06 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2004-000147
ASUNTO : JK21-X-2006-000010
JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: RUDY JOSE TOVAR RUIZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V- 16.746.149, natural de Caicara del Orinoco, Estado Bolívar, con fecha de nacimiento el 24/09/83, 26 años de edad, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Estado Guárico.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PRIVADA.
DECISION: INICIO TRAMITES OTORGAMIENTO BENEFICIO REGIMEN ABIERTO.
De la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto, se observa auto de reforma de cómputo de la pena por redención, de fecha 08/01/08, realizado a favor del ciudadano RUDY JOSE TOVAR RUIZ, mediante el cual se determinó como fecha para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO el 05/11/09.
Toda vez que de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 406 del Código Penal, en el cual se encuentra previsto el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena. Este Tribunal Primero de Ejecución ACUERDA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal; y en consecuencia ORDENA:
1.- Oficiar a la Dirección del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, solicitando información sobre si tiene conocimiento de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional que se sigua en contra del penado y cuya vigencia corresponda al tiempo de cumplimiento de la pena. Dejándose Constancia de que no se solicita carta de buena conducta, por cuanto ya se encuentra inserta en autos.
2.- Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de san Juan de Los Morros, Estado Guárico, para que le sea practicado Informe Psico-Social al penado.
Se deja constancia que no se ordena librar oficio a la División de Antecedentes Penales, por cuanto los antecedentes penales actualizados se encuentran insertos en autos.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a favor del ciudadano RUDY JOSE TOVAR RUIZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V- 16.746.149, natural de Caicara del Orinoco, Estado Bolívar, con fecha de nacimiento el 24/09/83, 26 años de edad, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Estado Guárico. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.
Es Justicia en Valle de La Pascua, a los seis (06) días del mes de noviembre de 2009.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,
ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,
ABOG. INES RODRIGUEZ