REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, catorce (14) de Octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-016686

Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especiales escrito de solicitud que encabeza las presentes actuaciones, de la cual se desprende que la ciudadana MARTHA MOLINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.693.231, solicitó Autorización Judicial para Viajar a favor de su hija la adolescente (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), para la ciudad de Lima, Perú, con salida el ocho (08) de octubre de 2009, y retorno el día trece (13) de octubre de 2009; esta Sala de Juicio declara INOFICIOSA la Autorización Judicial solicitada, por cuanto ya transcurrió dicho periodo de viaje. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZA,

ABG. ROSA CARABALLO

LA SECRETARIA,

ABG. ALICIA GUZMAN

RC/AG/ K