REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
Caracas, 14 de octubre del año dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-015980

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio 11 del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos ASTRID ANAIS GONCALVES MUÑOZ y CINTHYA CAROLINA HERRERA ITRIAGO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.268.906 y V- 16.460.461, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano CARLOS ALBERTO PEREIRA DE GOUVEIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.231.224 y a la niña, de un (01) año de edad, en su carácter de cónyuge e hija de la De Cujus RAQUEL DE JESUS FERREIRA, quien en vida era Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.636.158, quien falleció en fecha veintiuno (21) de Mayo del año 2009; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,

DRA. SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA,

ABG. ADRIANA MIRELES
SGS//AM