REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, veintisiete (27) de Octubre de dos mil nueve (2009)
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-016109

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, ante quien se identificó a su firmante ciudadano ROGER BRACHO RIVAS abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.469 actuando en representación de la ciudadana YUDELSY COROMOTO GONZALEZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.247.558 actuando en representación de su hija (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA).
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente Copia Fotostática y Original del Acta de Defunción del ciudadano ALEX RAMON ISTILLARTE SANCHEZ expedida por el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara; Copia fotostática y Original del Acta de Matrimonio de los ciudadanos ALEX RAMON ISTILLARTE SANCHEZ y YUDELSY COROMOTO GONZALEZ SALAZAR expedida por el Jefe Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda; Copia Fotostática y Original del Acta de Nacimiento de la Adolescente de Autos inserta al folio (11) del presente asunto; Copia Fotostática de la cédula de identidad del De Cujus, la solicitante, de la adolescente de autos y de los testigos; y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante, ciudadanos ISABEL MARIA RIVAS DE BRACHO y FELIPE DANIEL BUENO OTERO venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 3.567.221 y V-18.188.221 respectivamente.
En consecuencia, esta Jueza Unipersonal XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano ALEX RAMON ISTILLARTE SANCHEZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.431.783 a la ciudadana YUDELSY COROMOTO GONZALEZ SALAZAR (Cónyuge) y a la adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Así se declara.
LA JUEZ,

ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,

ABG. CIOLIS MOJICA

Motivo: Solicitud de Titulo Únicos y Universales Herederos
ASUNTO: AP51-S-2009-016109
YCH/CM/Yvette