REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, trece (13) de octubre de dos mil nueve (2009), siendo la una y treinta (1:30 pm), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, y se traslada nuevamente a la Zona Rental de Plaza Venezuela, edificio Raúl Villanueva, piso 1, Dirección de Recursos Humanos, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, sede administrativa de la empresa Corporación de Servicios Municipales Libertador, S.A , en compañía de los ciudadanos José Ramón Ayala y Deusdedith Segundo Mandique Gallardo, titulares de las cédulas de identidad N° 10.353.931 y 7.375.194, debidamente asistidos por el abogado Carlos Eduardo Caraballo –Gavidia C, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.998, procurador de trabajadores, en virtud de no haberse cumplido con lo ordenado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en el dispositivo del fallo de fecha 10 de marzo de 2009, con motivo de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos José Ramón Ayala y Deusdedith Segundo Mandique Gallardo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 10.353.931 y 7.375.194, respectivamente, contra la empresa Corporación de Servicios Municipales Libertador, S.A por ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (Expediente N° 8327). Una vez en el lugar indicado el Tribunal es atendido por la ciudadana Ysibeth Tovar, titular de la cédula de identidad N° 11.200.470, en su carácter de Directora de Recursos Humanos de la Corporación, a quien la Juez procede a informar el motivo de la presencia del Tribunal y a notificarla, en su carácter ya expresado, lo ordenado en despacho de comisión de fecha seis (06) de julio de dos mil nueve (2009), en el que se comisiona amplia y suficientemente a este Juzgado para trasladarse y constituirse en: “la sede de la empresa CORPORACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR, S.A y proceda a ejecutar la orden de reenganche y pago de salarios caídos contenida en el dispositivo del fallo proferido por este Juzgado Superior en fecha 10 de marzo de 2009, en la solicitud de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSE RAMON AYALA y DESUDEDITH SEGUNDO MANDIQUE GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 10.353.931 y 7.375.194, contra la mencionada empresa”. Realizada la notificación respectiva la notificada, expone: “Solicito al Tribunal me conceda un tiempo de 5 días para hacer la evaluación de lo solicitado y verificar si los cálculos están elaborados en el departamento de nómina, conjuntamente con el departamento de administración”. Es todo. Oída la solicitud efectuada por la ciudadana Isibeth Tovar, en su carácter ya expresado, se acuerda conceder el plazo solicitado y dejar copia fotostática simple de la presente acta. Se concluye el acto y se dispone el retiro del Tribunal a la Sede, siendo las 2:30 pm- Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,
Caribay Gauna
La parte accionante y su abogado asistente
Abg. Carlos Eduardo Caraballo-Gaviadia C.
Jose Ramón Ayala
Desdeudith Segundo Mandique Gallardo
Directora de Recursos Humanos
Isibeth Tovar
La Secretaria
Dubraska Ibarreto
Exp N° 2896-09 (interno)
Exp N° 8327