REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Ocho ( 08 ) de Octubre de 2.009
199° y 150°
Vista la anterior solicitud y las declaraciones testimoniales promovidas y evacuadas a tal efecto, este Tribunal sin perjuicio de aquellos terceros que pudieran tener un igual o mejor derecho; y de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a la ciudadana: VANESSA ALEJANDRA RODRIGUEZ GARCIA y LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ GARCIA; Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.548.238 y V- 16.462.534, respectivamente como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Cujus ciudadano: ROBERTO ANTONIO RODRIGUEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 4.353.604, quien falleció en esta ciudad de Caracas, Distrito Capital, en fecha 16 de Julio de 2.009. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZ.-
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
LA SECRETARIA.,
ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA.,
ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
PB/MAP/xiomara.-
Exp. N° AP31-S-2009-004664
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