REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 20 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2005-001943
ASUNTO : JP21-P-2005-001943

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ.
PENADO: JOSE ALI OLIVARES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17433944, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 26/03/86, de 23 años de edad, hijo de los ciudadanos Brizaida Olivares y José Arbola, actual residente del Centro de Tratamiento Comunitario “General Ezequiel Zamora”, en San Juan de los Morros.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL II.
DECISION: INICIO TRAMITES POSIBLE OTORGAMIENTO LIBERTAD CONDICIONAL.

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto, se observa auto de reforma de cómputo de la pena por redención de fecha 16/01/08, realizado a favor del ciudadano JOSE ALI OLIVARES, mediante el cual se determinó como fecha para optar al beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL el 27/09/09. En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRÁMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, y para ello ORDENA:

1.- Oficiar a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario “General Ezequiel Zamora”, en San Juan de los Morros, solicitando la remisión de la CARTA CONDUCTUAL del penado e información sobre si tiene conocimiento de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional que se sigua en contra del penado y cuya vigencia corresponda al tiempo de cumplimiento de la pena.

2.- Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan De Los Morros, para que por su intermedio le sea practicado Informe Psico-Social al penado, debiendo informársele que el penado es actual residente del Centro de Tratamiento Comunitario “General Ezequiel Zamora”, en San Juan de los Morros.

3.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines de que remita Certificación actualizada de los posibles antecedentes que presente el referido ciudadano.
4.- Librar oficio a la Coordinación Judicial de la Extensión Judicial, solicitando información sobre si tiene conocimiento de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional que se sigua en contra del penado y cuya vigencia corresponda al tiempo de cumplimiento de la pena.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICONAL a favor del ciudadano JOSE ALI OLIVARES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17433944, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 26/03/86, de 23 años de edad, hijo de los ciudadanos Brizaida Olivares y José Arbola, actual residente del Centro de Tratamiento Comunitario “General Ezequiel Zamora”, en San Juan de los Morros. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los veinte (20) días del mes de octubre de 2009.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,


ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

LA SECRETARIA,


ABOG. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ