JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

Tucupido, 15 de OCTUBRE de 2009.

198° y 150°

Recibido mediante Oficio Nª 058-09, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Josè Fèlix Ribas del Estado Guárico, recibido en este despacho en fecha 13 de Octubre de 2009, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos CRUZ RAMÒN RENGIFO GUAITA y NURBELIS MINIUSKA VIDAL de RENGIFO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.844.463 y V- 13.155.333, respectivamente; en relación a la Obligación de Manutención fijada entre ellos en beneficio de los menores xXXXXXXX, XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXX y XXXXXXXXXXXXXX, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley.- En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria;

Doldigrey Pulido Santaella.


EXP. N° 896-09.-
VRVB/DPS/Mildred.-