JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

TUCUPIDO, 16 DE OCTUBRE DE 2009.--
198° Y 150°


Visto el convenimiento celebrado entre la abogada JOSEFINA D`ANGELO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.420, en su carácter de apoderada del ciudadano: MARCO AURELIO ALBANO, parte demandada en el presente juicio (EXP. Nº 529-03) y la ciudadana: DAURIS MUÑOZ, quien actúa en representación de su hijo: XXXXXXXXX, debidamente asistida por el abogado CARLOS ALFONSO REY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.785, donde se estableció como Obligación de Manutención en la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400, 00) mensuales, asi como también la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales a partir del 30 del presente mes, hasta cubrir la suma de Ocho Mil Bolívares ( Bs. 8.000,00), monto total de la obligación atrasada en virtud de que la actora manifestó haber recibido la diferencia del monto adeudado; asi como también la abogada apoderada del demandado en nombre de su representado se comprometió a colaborar con los gastos de medicinas, medico, gastos de época escolar y decembrina, recreación entre otros; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente ; en consecuencia se ordena que la ciudadana: DAURIS YUDITH MUÑOZ, identificada anteriormente, aperture cuenta de ahorros en BANFOANDES de esta localidad, siempre bajo la supervisión y control de esta instancia Judicial, siendo condición expresa que para tales fines (administrativos y movilización) será necesario presentar al Banco la referida autorización pertinente, otorgada por este Tribunal, líbrese oficio..- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria ;

Doldigrey Pulido Santaella
EXP. N° 529-03
VRVB/Dayris.-