JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 22 DE OCTUBRE DE 2009
198º Y 150º
Recibido mediante oficio N° 059-09, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, recibido en este despacho fecha 21 de Octubre de 2009, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos: JHONNY JOSE RIOS y MARIA CAROLINA CONTRERAS GONZALEZ, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 18.896.418 y V- 19.374.687 respectivamente, en relación a la Obligación de Manutención fijada entre ellos para con su hija: XXXXXXXXXXXXXX, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente ; en consecuencia se ordena que la ciudadana: MARIA CAROLINA CONTRERAS GONZALEZ, identificada anteriormente, aperture cuenta de ahorros en BANFOANDES de esta localidad, siempre bajo la supervisión y control de esta instancia Judicial, siendo condición expresa que para tales fines (administrativos y movilización) será necesario presentar al Banco la referida autorización pertinente, otorgada por este Tribunal, líbrese oficio.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Abg. Vicente Ramòn Vivas Briceño
La secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella
EXP. N° 901-09
VRVB/DPS/dayris.-
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