JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

Tucupido, 08 de OCTUBRE de 2009.

198° y 150°

Recibido mediante Oficio Nª 050-09, emanado del Consejo de Protecciòn del Niño y del Adolescente del Municipio Josè Fèlix Ribas del Estado Guárico, recibido en este despacho fecha 07 de Octubre de 2009, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos CARLOS EDUARDO VIDAL GARCIA y LEYDA JOSEFINA CAMPOS, titulares de las Cèdulas de Identidad Nros. V- 15.248.251 y V- 15.248.336, respectivamente en relaciòn a la Obligación de Manutenciòn fijada entre ellos con su niña: XXXXXXXXXXXXX, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley.- En consecuencia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los tèrminos allì establecido y le imparte su homologación.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria;

Doldigrey Pulido Santaella.


EXP. N° 893-09.-
VRVB/DPS/Mildred.-