En horas del día de hoy, Quince (15) de Octubre del 2009, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 22-09-2009. con motivo del juicio que por ante ese Tribunal sigue el ABG. LUIS ENRIQUE RUIZ REYES en contra de la Empresa Corporación Invercampa S. A. se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía del ABG. LUIS ENRIQUE RUIZ REYES Inpreabogado N° 32.937, parte ejecutante en la presente comisión, encontrándonos ubicados en la Carretera Nacional El Sombrero-Dos Caminos, Sector Vallecitos del Municipio Julián Mellado del Estado Guárico. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de ley, fuimos atendidos por el ciudadano PAULO RAMON BOLIVAR C. I. N° 7.537.568 quien manifestó ser el Jefe de Mantenimiento de la planta a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este Juzgado. Seguidamente el abogado ejecutante solicita el derecho de palabra y expone: “Solicito al Tribunal proceda a practicar la Medida de Embargo Ejecutiva a que se refiere la presente comisión, es todo”. En este estado el ciudadano PAULO BOLIVAR, anteriormente identificado, propuso cancelar la deuda mediante cheque N° 00010160, librado contra la Cuenta Corriente N° 0108-0169-91-0100076667, del Banco Provincial, por la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL BOLIVARES (42.000,oo Bf.), de fecha 15-10-2009, el cual consigna en este acto. En este Estado este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EJECUTADA, la presente comisión, y ordena remitir el cheque consignado al juzgado comitente, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman.- LA JUEZ (Fdo Iledgible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABG. EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. LUIS ENRIQUE RUIZ REYES; EL NOTIFICADO (Fdo Ilegible) PAULO RAMON BOLIVAR; POR LA COMISIÓN POLICIAL (Fdo Ilegible) ROANGEL ROMERO y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.-