REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal. Sala de Juicio Nº 11
Caracas, 22 de Septiembre de 2.009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2005-002500
Vista el Acta Conciliatoria levantada el día 21 de septiembre de 2009, entre los ciudadanos JESUS FROILAN GIRO GUZMAN y GINELLVY ELENA MAIBY DEVIEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.940.295 y V-11.204.138, en la presente demanda de Restitución de responsabilidad de crianza, a favor de sus hijas las niñas( …), esta Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en los mismos términos y condiciones expresados en dicha Acta y HOMOLOGA el acuerdo suscrito por ambos padres relacionado con la custodia de las mencionadas niñas en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Expídase por Secretaría copias certificadas del Acta de Convenio, con inserción del presente auto, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Por último, en virtud que se han cumplido con los extremos de Ley, terminado como se encuentra el presente asunto, se ordena el cierre y archivo del expediente, en consecuencia, remítase mediante oficio al Archivo Sede de este Circuito Judicial. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ

ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
LA SECRETARIA

ABG. LENNI CARRASCO

DRC/LC/MB**