REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 199º y 150º
Exp. No AP31-S-2009-005148
SOLICITANTE (S): Ciudadana SANTA MARIA RUIZ CORDERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.820.046, debidamente asistida por el Abogado MELVIN JESUS MAYOR VIVAS, IPSA Nº 53.912.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
I
Acude ante esta Instancia la ciudadana SANTA MARIA RUIZ CORDERO, debidamente asistida por el Abogado MELVIN JESUS MAYOR VIVAS, (ambos antes identificados), correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Como fundamentos de su solicitud, expone la solicitante lo siguiente:
Que en fecha 24-05-2009, falleció Ab-Intestato, en la Parroquia 23 de Enero en Caracas, su madre TRINA DE LA TRINIDAD CORDERO DE RUIZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 3.400.878.
Que este Juzgado se sirva declarar a SANTA MARIA RUIZ CORDERO (antes identificada) y a sus hermanos ciudadanos MARIA VICTORIA RUIZ CORDERO, ROSA AMERICA RUIZ DE FLORES, MANUEL ELIAS RUIZ CORDERO, TRINA ROSA RUIZ CORDERO, BERTHA AURORA RUIZ CORDERO Y JOSE JOAQUIN RUIZ CORDERO, C.I. Nros. 4.820.045, 4.362.308, 5.602.958, 4.812.637, 6.116.822 y 6.012.442 respectivamente, Unicos y Universales Herederos, de los derechos sobre los bienes dejados por la De Cujus, y se les conceda el Titulo Suficiente, y se interrogue a los testigos que oportunamente presentará, para que se les interrogue sobre los particulares contenidos en su escrito de solicitud.
Asimismo, solicitan a este Juzgado que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a derecho, declarando la condición de Únicos y Universales Herederos a SANTA MARIA RUIZ CORDERO (antes identificada) y a sus hermanos ciudadanos MARIA VICTORIA RUIZ CORDERO, ROSA AMERICA RUIZ DE FLORES, MANUEL ELIAS RUIZ CORDERO, TRINA ROSA RUIZ CORDERO, BERTHA AURORA RUIZ CORDERO Y JOSE JOAQUIN RUIZ CORDERO, C.I. Nros. 4.820.045, 4.362.308, 5.602.958, 4.812.637, 6.116.822 y 6.012.442 respectivamente.
Ahora bien, junto al escrito de Solicitud de Únicos y Universales Herederos los peticionantes acompañaron entre otras cosas el siguiente instrumento:
• Copia certificada del Acta de Defunción Nº 104, de la ciudadana TRINA DE LA TRINIDAD CORDERO DE RUIZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 3.400.878, folio (03) emanada de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, Oficina Subalterna de Registro Civil, Parroquia 23 de Enero, en la misma se colocó entre otras cosas textualmente lo siguiente: “… deja siete hijos, mayores de edad, de nombre: TRINA ROSA, ROSA AMERICA, MARIA VICTORIA, SANTA MARIA, MANUEL ELIAS Y JOSE JOAQUIN…”.
Ahora bien, visto el contenido del escrito de Solicitud presentado por la ciudadana SANTA MARIA RUIZ CORDERO (antes identificada), y el pedimento contenido en la misma y revisados uno a uno los recaudos presentados junto a este escrito de solicitud, mediante la cual se pretende que le sean declarada la condición de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de TRINA DE LA TRINIDAD CORDERO DE RUIZ, sin embargo, se extrae que en el escrito de solicitud, se mencionada a la ciudadana BERTHA AURORA RUIZ CORDERO, C.I. Nº 6.116.822, hija de la extinta TRINA DE LA TRINIDAD CORDERO DE RUIZ, la misma no aparece reflejada en el Acta de Defunción Nº 104, en consecuencia, vista la disimilitud existente entre el escrito de solicitud, folio (02), y el Acta de Defunción Nº 104, folio (3); motivos estos que le impiden a este Jurisdicente, dadas las consideraciones aquí expuestas admitir la presente solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, y así se decide.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (28) días del mes de septiembre de 2009. Años: 199º y 150º
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SANCHEZ
LA SECRETARIA ACC.
MARCIEL CARRIZALES
En la misma fecha, siendo las (11:55 A.M), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA ACC.
MARCIEL CARRIZALES
Exp. Nº AP31-S-2009-005148
LS/MC/néstor.
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