REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP31-F-2009-002273

Vista la solicitud de Partición Amistosa presentada en fecha 03 de Agosto de 2009, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos BELISA DEL CARMEN MORGADO UTRERA Y OSWALDO JOSE ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.106.254 y V- 4.581.204, respectivamente, asistidos por la abogada YOSELYN FIGUEIRA TRIANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.679, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:

Conoce este Juzgado del escrito de PARTICION Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos presentados por los precitados ciudadanos BELISA DEL CARMEN MORGADO UTRERA Y OSWALDO JOSE ESCALONA, supra identificados y visto que ambas partes acordaron por la vía AMISTOSA en todas y cada una de las partes la presente PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, en los siguientes términos:

Corresponderán de forma exclusiva a la ciudadana BELISA DEL CARMEN MORGADO UTRERA los siguientes bienes:

1) El cien por ciento (100%) de los derechos y obligaciones de propiedad sobre un apartamento que se encuentra identificado con los números cuatro-seis (N° 4-6) situado en el cuarto (4°) piso de la Torre Norte del edificio “ROMAR II” construido sobre un lote de terreno ubicado en el lugar llamado El Paradero al Sur de la Avenida Este y al Oeste del Callejón denominado Barrilito en Jurisdicción de la Parroquia Candelaria de la ciudad de Caracas.- Cuyos linderos, medidas, propiedad y otras determinaciones constan de instrumento registrado bajo el N° 13, Tomo 8, del Protocolo Primero, en el Registro Inmobiliario Quinto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, y el cual tiene una superficie de SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS ( 79.38M2) y esta alinderado así: NORTE: Con el pasillo de circulación y apartamento N° 4-7; SUR: Con fachada Sur del Edificio; ESTE: Con fachada Este del Edificio; y OESTE Con apartamento N° 4-5. Le corresponde un porcentaje de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONESIMAS POR CIENTO (0,478.469%), sobre los derechos y obligaciones derivados del régimen de condominio al cual está sujeto el inmueble.- Dicho inmueble les pertenece a dichos ciudadanos según documento debidamente Registrado por ante el Registro Inmobiliario Quinto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 09 de Noviembre del 2005, quedando registrado bajo el N° 13, Tomo 8, Protocolo Primero.-

2) El CIEN POR CIENTO (100%) de los derechos y obligaciones de propiedad sobre los bienes muebles, cuyo valor se estima la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (BS. 20.000,00).-

Corresponderán de forma exclusiva al ciudadano OSWALDO JOSE ESCALONA los siguientes bienes:

1) EL CIEN POR CIENTO (100%) de los derechos y obligaciones de propiedad sobre un vehículo MARCA: Chevrolet; AÑO: 2001; MODELO: Corsa; Color: Azul; Placa: MCZ82F, Serial de Carrocería: 8Z1SC21Z01V322513; Serial del Motor: 01V3228513.- SegúN consta del certificado de origen N° AB-78480, de fecha 31 de Marzo del año 2001, y en el Registro de Vehículo N° 3377995, emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones en fecha 21 de Junio del año 2001.- Dicho vehículo se encuentra registrado a nombre de BELISA DEL CARMEN MORGADO UTRERA la cual se compromete a realizar los trámites pertinentes para realizar el cambio de titularidad a cambio del ciudadano OSWALDO JOSE ESCALONA.-

En este orden de ideas, este Tribunal de la revisión de los recaudos consignados y por cuanto la misma no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos anteriormente expuestos.-

Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.-

Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los Cortijos de Lourdes a los veintidós (22) días del mes de Septiembre del año dos mil nueve (2009).- Años 199º de la Federación y 150º de la Federación.-
El Juez,

Abg. Víctor Martín Díaz Salas.-
La Secretaria,

Abg. Nancy Tirado Jaramillo.-


En esta misma fecha 22 de Septiembre de 2009, siendo las 9:36 a.m¬¬¬., se dictó y publicó la anterior sentencia previa las formalidades de Ley.- Conste.-
La Secretaria,

Abg. Nancy Tirado Jaramillo
VMDS/ntj*
EXP. Nº AP31-F-2009-002273