REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 28 de septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2005-003841
ASUNTO : JP01-P-2005-003841


PENADO: ELIECER ARMAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.352.939

Visto el escrito presentado, por el abogado DANIEL ALBERTO MONTANI VILORIA defensor Público Nº 05 de Ejecución de Sentencia de fecha 22 de julio de 2009 del penado ELIECER ARMAS APONTE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.352.939, quien se encuentra recluido actualmente según lo indica la defensa en el Centro Penitenciario del Estado Barinas y solicita su traslado a la Penitenciaria General de Venezuela con sede en San Juan de Los Morros, y visto así mismo que consta en las actuaciones de fecha 31 de julio de 2009, información requerida por la juez titular de este despacho, en donde decidió solicitar con carácter Urgente al director del Centro Penitenciario de Guanare oficio 823, en relación a la Ejecución del traslado acordado en fecha 05-06-02.009, por este Tribunal del penado ELIECER JOSE ARMAS APONTE a La Penitenciaria General de Venezuela con sede en San Juan de los Morros y asimismo solicitar información al Director del Internado Judicial de Barinas oficio 825, si se encuentra recluido en ese centro el penado ELIECER JOSE ARMAS APONTE, titular de la cédula de identidad Nº 17.352.939 a tal efecto, se ha verificado lo solicitado por la titular de este despacho en respuesta emitida por la coordinación de traslados según oficio 1776 al folio 99 en donde informa que el PENADO ELIECER JOSE ARMAS APONTE, titular de la cédula de identidad Nº 17.352.939 Se Encuentra En El Internado De Barinas desde el día 17 de julio de 2009; ahora bien, se desprende de los folios 60 ,61 que el penado en fecha 23 de enero de 2009, según informe de la jefatura de régimen “ causo demoras y molestias para los funcionarios Civiles Y Funcionarios De La Guardia Nacional y su acción según dice el informe constituyo un sabotaje al régimen penitenciario y una falta grave, y este es reincidente en esta falta ”… sucede pues que el defensor solicita el traslado nuevamente a la P.G.V lugar donde ocurrió este hecho que visto de esta forma, pudiera este volver a incurrir con este tipo de comportamiento ocasionando demoras y molestias entre el personal que tiene a su cargo su vigilancia, queriendo con esto significar para quien aquí decide, que creo firmemente en el principio de progresividad de los derechos de los reclusos y de los penados, en consecuencia, todos se merecen una oportunidad, siempre y cuando rectifiquen en la conducta y no vuelva a caer en la situación planteada, según informe de la jefatura de régimen, por que esto traería que después que se haya verificado tal conducta la revocación de esta decisión y trasladarlo a otra jurisdicción, resulta claro tomando en consideración en atención a la problemática expuesta por el defensor publico abogado DANIEL ALBERTO MONTANI VILORIA defensor Público Nº 05 de Ejecución de Sentencias, en fecha 28 de mayo de 2009, donde expone entre otras cosas que el penado sea trasladado a la P.G.V./ 0/ al centro Penitenciario del Estado Aragua – Tocoron- por motivos de apoyo familiar ya que ésta reside en esta ciudad y es la que le provee de lo económico, comida ,ropa, asimismo refiere que el penado tiene su madre enferma y que esta no puede trasladarse a la ciudad de Barinas lugar en don de se encuentra este recluido, dentro de este orden de ideas planteadas, considero necesario y lo mas ajustado a derechos declarar con lugar lo peticionado por la defensa publica y en consecuencia acordar el traslado del PENADO ELIECER JOSE ARMAS APONTE, titular de la cédula de identidad Nº 17.352.939, Se Encuentra En El Internado De Barinas desde el día 17 de julio de 2009 , todo de conformidad con lo establecido en nuestra carta magna, norma adjetiva penal. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por todas estas consideraciones, este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN Nº 1 actuando en nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Resuelve UNICO: Declara con lugar lo solicitado por la defensa publica penal Abg. DANIEL ALBERTO MONTANI VILORIA defensor Público Nº 05 de Ejecución de Sentencias, en fecha 28 de mayo de 2009, en consecuencia, se acuerda el traslado del PENADO ELIECER JOSE ARMAS APONTE, titular de la cédula de identidad Nº 17.352.939, quien Se Encuentra En El Internado De Barinas desde el día 17 de julio de 2009; Notifíquese a las partes de la presente decisión.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN (T) Nº 1

Abg. MARÍA EVELIA ESPINOZA MENDEZ

LA SECRETARIA

Abg. MARIA SUAREZ