REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS


Vista la solicitud que antecede, asignada a este Despacho por distribución, suscrita por la ciudadana: LUCIA CAROLINA MEDINA GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.548.067, y de este domicilio, désele entrada en el libro respectivo y este Tribunal niega la admisión de la misma, por cuanto el escrito de solicitud no cumple con lo exigido en el artículo 899 del Código de Procedimiento Civil.-
La Juez,


Dra. Mirvia Piñango de Martínez.
La Secretaria Temporal,


Maite Machado Ramos