REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS

Vista la solicitud que antecede, asignada a este Despacho por distribución, suscrita por la ciudadana GUIOMAR CAROLINA REGGIO CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° 10.665.594, y de este domicilio; désele entrada en el libro respectivo y se niega la admisión de dicha solicitud, ya que de la revisión del escrito de solicitud, se aprecia que en la misma interviene una menor de edad, pudiendo este Tribunal solo conocer de asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil y familia, siempre y cuando en las mismas no intervengan niños, niñas y adolescentes, de conformidad con el artículo 03 de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 02 de Abril de 2009. Devuélvase la presente solicitud a la interesada.-

La Juez,


Dra. Mirvia Piñango de Martínez.
La Secretaria.


Abg. Eleizalde C. Campos L.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria.


Abg. Eleizalde C. Campos L.