En el día hábil de hoy, jueves diecisiete (17) de septiembre de dos mil nueve (2009), siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COLECTIVO incoado por el ciudadano: ANGEL JACINTO ORTIZ HERNANDEZ en contra de la ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, previo el anuncio de Ley se observó la incomparecencia de la parte demandante ciudadano ANGEL JACINTO ORTIZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.747.126, ni por sí ni mediante Apoderado judicial alguno ni de la parte demandada ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO. En consecuencia, este Tribunal deja constancia de ello; por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión. Años: 199º de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. LORIANDY LOZADA PERALTA
LA SECRETARIA,

ABG. YENNY NAZARET SOTOMAYOR.