REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de abril de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2010-002155

Vista la transacción presentada en fecha 27 de abril de 2010, por la ciudadana ANGÉLICA MARVAL, titular de la cédula de identidad Nro.- 9.481.988, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada NAWUAL HUWUARIS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- .48.136, y por el abogado JOSÉ RICARDO APONTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 44.438, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ALMACENES TOLEDO SAMBIL C.A., mediante la cual la parte demandada ofrece la cantidad de Bs. 12.012,29, a la parte actora, mediante cheque de gerencia Nro.- 70001389, librado contra el Banco de Venezuela, de fecha 22 de abril de 2010, que en copia simple acompañan a la presente; la cual es recibida por esta última, otorgándole a la parte demandada el más amplio finiquito, según se desprende de lo contenido en la cláusula séptima de la transacción; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa dándole efecto de cosa juzgada.

LA JUEZ

LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

MARJORIE MACEIRA