REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2010-000314
Vista la transacción presentada en fecha 23 de abril de 2010, por el ciudadano LUIS HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro.- 82.077.246, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistido por el abogado WALKER ARDILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 64.122, y por el abogado GUSTAVO HANDAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 78.275, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente BAR RESTAURANT CASA CORTES, C.A., mediante la cual la parte oferente ofrece la cantidad de Bs. 41.274,11, a la parte oferida, en cheque de gerencia Nro.- 00003854, librado contra el Banco de Venezuela, de fecha 24 de marzo de 2010, que en copia simple acompañan a la presente; la cual es recibida por esta última, dando así por satisfecho todos los derechos y acciones que le corresponden o cualquier reclamación por diferencia de prestaciones sociales, indemnizaciones y otros conceptos ante los Órganos Jurisdiccionales, otorgándole un finiquito total, según se desprende de lo contenido en la parte final del escrito presentado; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa dándole efecto de cosa juzgada.

LA JUEZ

LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

MARJORIE MACEIRA