REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-000196
PARTE ACTORA: LUIS OSCAR ROA LUCERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: GRUPO PROFESIONAL 2020, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: IRVING BETANCOURT
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
En el día hábil de hoy, quince (15) de abril de dos mil diez (2010), siendo las 08:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció el ciudadano IRVING O. BETANCOURT C. inscrito en el IPSA bajo el N° 36.494, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, según se evidencia de instrumento poder que consigna en copia el cual fue cotejado con el original, agregándose al expediente. Se deja expresa constancia la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. De conformidad con el artículo 64 ejusdem, no hay condena en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 199 °.
El Juez,
Abg. Juan Ramón Echeverría
El Secretario,
Abg. Eva Cotes
El compareciente,