REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2009-004792
Visto el escrito suscrito por la abogada NAHALIE COHEN en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR DE TALAVERA, S.R.L Y SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD JOSE MARIA VARGAS, y por la ciudadana ANA PILAR MARQUEZ AYALA en su carácter de parte actora asistido por el abogado JOSE CHINEA mediante la cual celebran la transacción por un monto de bolívares CINCUENTA MIL CON CERO CENTIMOS (BF.50.000,00) este Tribunal revisado el mismo, observa que no vulnera normas de orden público y se encuentran llenos los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 de su Reglamento así como el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA dicha transacción en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Carla Orejarena