REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, catorce (14) de Abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-003682
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO TORREALBA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de dad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro V- 9.879.959, debidamente asistido por las abogadas en ejercicios ROSA ALZAIBAR y OLGA CAMPO, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros 1935 y 17.922, respectivamente, a favor de su hijo (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al niño antes mencionado; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta de fecha 05 de Abril de 2010, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADORA AD-HOC, hecha por la ciudadana OLINDA CONCEPCION TORREALBA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.910.121, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del niño (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes) Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante, una vez consigne los fotostatos. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/