REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal VII

Caracas, doce (12) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º

ASUNTO: AP51-V-2010-003025

Vista el acta de fecha 08 de los corrientes (f. 14-15), en la cual los ciudadanos ANGIE OJEDA VIUL Y EUGENIO ALEXANDER MEDINA GOMEZ, plenamente identificados, llegaron a un acuerdo con respecto al Régimen de Convivencia Familiar a favor de los niños --------; esta Sala de Juicio, HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el referido acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas de las presentes actuaciones, para lo cual se INSTA a las partes a consignar los fotostatos respectivo. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO

Abg. IVAN CEDEÑO.
AVR/IC/Carolina Parra