REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, veintidós (22) de Abril de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-004035
Visto el escrito presentado por la Abg. SAHOMI CASTELLANO, Defensora Pública 3° del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos VERONICA CAROLINA CORNEJO GOLDNICK y EDUARDO JOSE HERNANDEZ, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.532.528 y V-6.240.530, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de su hijo (...), en el cual remite Convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 03/03/10, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y visto que dicha solicitud, no es contraría al ordenamiento jurídico vigente y no se conculcan los derechos e intereses del niño de autos, se ADMITE la misma;
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