REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 22 de abril de 2010
Años: 200 º de la Independencia y 151º de la Federación

ASUNTO: AP51-S-2010-004805
Vista la solicitud de Homologación de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar presentado por la Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Publico del Area Metropolitana de Caracas, actuando en beneficio de la niña (...). En virtud de la solicitud interpuesta por la ciudadana MERCEDES MARGARITA PAEZ PAREDES ( abuela paterna), quien es titular de la cédula de identidad N° V- 3.968.636. En tal sentido remiten convenimiento de Régimen de1 Convivencia Familiar suscrito entre la prenombrada ciudadana y MARIA VERONICA EMMANUELLI MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.026.064 progenitora de la niña por ante el referido despacho de la Fiscal del Ministerio Público en fecha 16 de marzo de 2010; y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;