REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal N° 9.
Caracas, Ocho (8) de Abril de 2010.
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-003767
Visto el escrito presentado por la ciudadana AMBAR SANCHEZ, Defensora de los Niños, Niñas y del Adolescente N° 115 del Municipio Sucre del Estado Miranda, a petición de los ciudadanos ZULAY COROMOTO VILERA y JOSE GREGORIO BORGES VARGAS, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.565.088 y V-11.692.471, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de sus hijas (...), (...) y (...), en el cual remiten Convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 09/12/09, a favor de las prenombradas hermanas, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida institución familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y visto que dicha solicitud, no es contraría al ordenamiento jurídico vigente y no se conculcan los derechos e intereses de las hermanas de autos, se procede a ADMITIR la misma;
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