REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 13
Caracas, 22 de Abril de 2010
199º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2010-004146
Visto el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado por los ciudadanos JOSE MIGUEL VILLASANA GÓMES y JOHANNA YOSELIN MAVARE GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-13.851.660 y V.-15.834.125, respectivamente, a favor de su hijo el niño SE OMITE LA IDENTFICACION, esta Sala de Juicio, lo HOMOLOGA en los mismos términos expuestos por las partes, el presente CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, remitiendo copia certificada de la presente homologación, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Se acuerda el cierre y archivo, así como la desincorporación del archivo sede. Cúmplase.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
ABG. SALLY GUERRERO
JQA/SG/