REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº XIV
Caracas, 05 de abril de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2009-018009
Vista la diligencia de fecha 23 de marzo de 2010, suscrita por la ciudadana ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava (108°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en la cual señala que el ciudadano DANDI JOSE GARCIA CONOPOY, titular de la cédula de identidad Nº V-17.285.303 compareció ante su Despacho Fiscal a los fines de exponer su deseo de desistir de la presente demanda de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar; en consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría las copias certificadas, así mismo, se acuerda la devolución de los originales todo de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos necesarios por la parte interesada. Y así se establece.-
LA JUEZA
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
YLV/CAF/Marjorie
AP51-V-2009-018009
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