REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, Cinco (05) de Abril de Dos Mil Diez (2010)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-021440
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, ante quien se identificó a sus firmante, la ciudadana YOLANDA BARRIOS DE MANZANILLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.-3.254.896, actuando en nombre y representación de su nieto (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistidos por la abogada IRMA CORDOBA DE ECHEVERRIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.286.
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente Copia Certificada del acta de defunción de la ciudadana ZAIDA YASMIN MANZANILLA BARRIOS, quien era titular de la cédula de identidad N° V.-6.346.264, según acta N° 522, folio 263, del libro de defunción del año 2009, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital. Copia Certificada del Acta de defunción del ciudadano ROBERT ALEXANDER MALONY GUARARISMA quien era titular de la cédula de identidad N° V.-11.899.106, según acta N° 523, folio 262, del libro de defunción del año 2009, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital. Copia Certificada Acta de Matrimonio de los ciudadanos ZAIDA YASMIN MANZANILLA BARRIOS y ROBERT ALEXANDER MALONY GUARARISMA, según acta N° 58 folio 58 Año 1992, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital. Copia fotostática del acta de nacimiento del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital según acta N° 972, folio 486 del año 1994; y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante, ciudadanos ARIAS DE GARCIA AIDA JOSEFINA, GOMEZ LEON JOSE GREGORIO y VEGA DE MARTINEZ VILMA TIBISAY, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-3.410.920, V.-6.853.345 y V.-6.982.079, respectivamente.-
En consecuencia, esta Jueza Unipersonal XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los fallecidos ciudadanos ZAIDA YASMIN MANZANILLA BARRIOS y ROBERT ALEXANDER MALONY GUARARISMA, quienes en vida eran titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V.-6.346.264 y V.-11.899.106, respectivamente, a su hijo el adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Así se declara.-
LA JUEZA,
LA SECRETARIA,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/Johan
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